Contratar a familiares en tu negocio es una práctica habitual, pero tiene implicaciones fiscales y laborales que conviene conocer para hacerlo correctamente.
El cónyuge e hijos mayores de 18 años que trabajen contigo pueden darse de alta como autónomo colaborador. La ventaja es una bonificación del 50% en la cuota de la Seguridad Social durante los primeros 18 meses.
El salario pagado a familiares es deducible como gasto en el IRPF siempre que exista contrato, se paguen cotizaciones sociales y el salario sea acorde al mercado. La Hacienda Foral vigila especialmente estos gastos.
Los familiares de primer grado (padres, hijos, cónyuge) no pueden acogerse al Régimen General de la Seguridad Social si conviven contigo. Deben ser autónomos colaboradores o socios.
Es fundamental estructurar correctamente la relación laboral con familiares. Consúltame para hacerlo bien desde el principio.